Alimentos
¿Qué son los alimentos?
Son el conjunto de todo lo que necesita una persona para vivir, vestirse, recibir atención médica, educarse, etc..
¿Cómo se pagan los alimentos?
Con cuotas en dinero, pero el obligado puede pedir que se paguen de otra manera. Para fijar los alimentos siempre se tienen en cuenta las posibilidades económicas del que debe pagarlos.
¿Cuándo deben pagarse alimentos?
Cada mes, por anticipado. También se pueden fijar períodos más cortos.
Obligación de dar alimentos
¿Quiénes pueden reclamar alimentos?
- Los hijos a los padres.
- Uno de los cónyuges al otro.
- Algunos parientes entre sí. Por ejemplo un nieto a un abuelo, un abuelo a un nieto, los padres a los hijos, etc.
Alimentos de los padres a los hijos
¿Qué obligaciones tienen los padres con sus hijos?
Los dos padres tienen el derecho y la obligación de criar a sus hijos, alimentarlos y educarlos. No importa si los hijos viven con uno solo de los padres.
¿Hasta cuándo tienen los padres la obligación de alimentar a sus hijos?
- Hasta los 21 años del hijo.
- Hasta los 25 años del hijo que estudia o se capacita en un arte u oficio y por eso no puede obtener lo necesario para mantenerse con sus propios medios.
¿Qué cosas entran dentro de la obligación de pagar alimentos a los hijos?
Las necesidades de manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, vivienda, salud y los gastos necesarios para tener una profesión u oficio.
¿Se consideran las tareas del hogar al fijar los alimentos?
Sí. Las tareas cotidianas que hace la madre o el padre que tiene el cuidado del hijo (tenencia) tienen un valor económico y son un aporte que debe ser tenido en cuenta en el momento de fijar los alimentos.
Cuando los hijos conviven más o menos el mismo tiempo con cada padre, ¿también es necesario fijar una cuota de alimentos?
Sí, cuando uno de los padres tiene un nivel de vida más alto que el otro, el padre que tiene más recursos económicos debe pasar una cuota para que el hijo mantenga el mismo nivel de vida en ambos hogares.
Obligaciones del progenitor afín
¿Quién es el progenitor afín?
Es el cónyuge o la persona que vive con el padre que tiene a su cargo el cuidado personal del niño o adolescente.
¿El progenitor afín tiene obligación de pagar alimentos a los hijos de su esposo o pareja?
Sí, en segundo lugar, porque primero tienen que ocuparse los padres.
¿Cuándo termina esa obligación del progenitor afín?
Cuando se disuelve el matrimonio o termina la convivencia.
¿Tiene alguna obligación el progenitor afín si se separa del padre o madre del menor?
Sí, en algunos casos. Por ejemplo, cuando la separación le causa un daño grave al niño o adolescente porque el progenitor afín era el que se encargaba de pagar sus gastos. La cuota que debe pagar el progenitor afín es sólo por un tiempo: su duración la decide el juez.
Alimentos entre cónyuges
¿Cuándo se deben alimentos los cónyuges?
Durante el matrimonio y cuando están separados de hecho.
¿Qué pasa después del divorcio?
La obligación termina. Salvo en 2 casos:
- Si uno de los cónyuges tiene una enfermedad grave antes del divorcio y por esa enfermedad no puede mantenerse por sí mismo.
- Si uno de los cónyuges no tiene recursos propios suficientes ni posibilidad de tenerlos. En este caso, la obligación de pasar alimentos no puede durar más de lo que duró el matrimonio. Esta obligación termina si la persona que recibe los alimentos vuelve a casarse o empieza a convivir con otra persona.
¿Se puede fijar alimentos entre los esposos en un acuerdo dentro del juicio de divorcio?
Sí.
Las personas que conviven y no se casaron, ¿también se deben alimentos?
Sí, mientras dura la convivencia.
Cuando termina la convivencia, ¿se pueden reclamar alimentos?
Sí, la parte que queda en mala situación económica después de la ruptura de la convivencia, puede pedir una compensación económica. Esa compensación económica puede ser pagada de una sola vez o en cuotas por un tiempo. El tiempo de duración de la compensación económica no puede ser más de lo que duró la convivencia.
Alimentos entre parientes
¿En qué casos un pariente puede pedir alimentos a otro pariente?
Cuando no puede obtenerlos por sí mismo.
¿Qué parientes tienen derecho a alimentos?
- Los ascendientes (por ejemplo: padres, abuelos) y descendientes (por ejemplo: nietos).
- Los hermanos.
- Los parientes afines cercanos (suegros, yerno, nuera).
Juicio de alimentos
¿Cómo puedo reclamar alimentos?
Podés iniciar una mediación y, si no llegás a un acuerdo, podes iniciar un juicio.
El hijo menor de edad, ¿puede iniciarle juicio por alimentos a sus padres?
Sí, siempre que cuente con un cierto grado de madurez y esté asistido por un abogado.
¿Es posible reclamar a los abuelos por los alimentos que no pagan los padres?
Sí. En el mismo juicio se puede hacer el pedido a los padres y a los abuelos. Pero es necesario demostrar que es difícil recibir los alimentos del padre.