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Tarjeta de crédito

¿Qué tengo que tener en cuenta cuando uso una tarjeta de crédito?

Es importante que sepas que cuando usás una tarjeta de crédito, se generan derechos y obligaciones entre vos y la empresa emisora de la tarjeta. La ley establece que esos derechos y obligaciones comienzan cuando recibís la tarjeta y firmás el contrato.

En el contrato figuran las consecuencias del incumplimiento de tus obligaciones, los intereses que pueden cobrarte si te atrasás en el pago, los montos máximos de crédito, los gastos administrativos, etc.

¿Tienen vencimiento las tarjetas?

En el contrato dice cuánto dura tu tarjeta y la fecha de vencimiento está impresa en el plástico. Al llegar la fecha de vencimiento, es habitual que te manden una nueva tarjeta a menos que indiques que ya no la querés.

¿Qué son las tarjetas adicionales?

Las tarjetas adicionales son las que autorizás para que usen otras personas. Sos responsable de los consumos hechos con esas tarjetas. Podés dar de baja las tarjetas adicionales cuando quieras y eso no puede afectar el uso de tu tarjeta.


Compras con tarjeta

¿Me pueden cobrar más caro por pagar mis compras con tarjeta de crédito?

No. Los vendedores tienen prohibido hacer diferencias de precios entre ventas al contado y con tarjeta.

¿Me pueden pedir el documento de identidad antes de pagar con tarjeta de crédito?

Sí. Los vendedores tienen la obligación de comprobar que sos el dueño de la tarjeta.

¿Puedo hacerle reclamos a la empresa emisora de la tarjeta por incumplimientos del vendedor?

Podés reclamarle a la empresa emisora de la tarjeta por un incumplimiento del vendedor únicamente si la empresa emisora hizo promoción de los productos o servicios del vendedor.
En ese caso, se entiende que la empresa emisora garantiza la calidad del producto o del servicio.


Resumen de cuenta

¿Qué tiene que decir el resumen de cuenta?

Tiene que contener los gastos que hiciste durante el último mes y las cuotas pendientes de pago.

¿Dónde me llega el resumen de cuenta?

A la dirección de correo electrónico que indiques. Si querés podes pedir que te envíen el resumen en soporte papel.

¿Qué pasa si no recibí el resumen?

Igual tenés la obligación de pagar lo que adeudes. Por eso, las empresas emisoras tienen que tener disponible una línea telefónica para que puedas consultar el monto que debés y la fecha de vencimiento.

¿Qué es el monto mínimo?

En el resumen va a figurar el total de tu deuda y también un pago mínimo. Podés optar por pagar sólo ese mínimo para no estar en mora y tener que pagar intereses punitorios. Por el resto que no pagaste te van a cobrar intereses compensatorios.

¿Qué hago si el resumen de cuenta tiene errores?

Si sos el titular de la tarjeta podés cuestionar el resumen de cuenta indicando claramente el error y aportando los datos que sirvan para aclararlo. Enviá una nota simple al emisor de la tarjeta dentro de los 30 días de recibido el resumen. Tenés que pagar los consumos que no cuestionaste. Que pagues el monto mínimo no quiere decir que aceptás todos los gastos incluidos en el resumen.


Atrasos en el pago

¿Pueden cobrarme una multa si me atraso en el pago?

No. Nunca pueden cobrarte una suma fija en concepto de multa por atrasos en el pago. Lo que sí pueden cobrarte son intereses.

¿Cuándo me cobran intereses punitorios?

Si no pagás el resumen de cuenta antes de la fecha de vencimiento o no pagás, al menos, el monto mínimo, van a aplicarte intereses punitorios. La ley establece un tope: nunca pueden ser mayores al 50% de los intereses que la entidad cobra en concepto de interés compensatorio o financiero.

Los intereses punitorios no son capitalizables, es decir: no se suman al capital adeudado para seguir generando intereses.


Pérdida o robo

¿Qué hago si perdí o me robaron la tarjeta?

Avisá inmediatamente al emisor de la tarjeta. La ley lo obliga a tener un sistema telefónico para recibir las denuncias las 24 horas. Tienen que darte un número de denuncia. El emisor debe informar a los comercios que la tarjeta ha sido cancelada por robo o pérdida.


Baja

Si no quiero usar más la tarjeta, ¿cómo me doy de baja?

Si no querés tener más tu tarjeta de crédito, podés comunicarle tu decisión a la empresa emisora en cualquier momento. Hacelo por algún medio que luego puedas comprobar, por ejemplo: mandando una carta documento. Incluso podés darla de baja teniendo deudas pendientes.


Ley en versión original

Post Author: Abogado

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