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SUMARIO

Si bien la principal actividad de la empresa Trenes de Buenos Aires S.A. consiste en el transporte de personas y/o cosas por vía ferroviaria, para ser llevada a cabo se torna necesaria la venta de boletos y el consiguiente control para evitar la evasión del pago correspondiente. Por ello, las tareas desempeñadas por el personal de vigilancia que efectúa el control de pasajes y seguridad fuera de los trenes, en los accesos a las estaciones, constituye una actividad sin la cual la empresa no podría funcionar eficazmente.

Sobre esa base, Trenes de Buenos Aires S.A. es responsable solidariamente por las obligaciones emergentes del contrato de trabajo de los dependientes de las empresas que prestan tal servicio de vigilancia.

REFERENCIAS

Referencias Normativas: LEY 20.744 – TEXTO ORDENADO POR DECRETO 390/76 Art. 30

DATOS DEL FALLO

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, CAPITAL FEDERAL
Sala 01 (PUPPO-VAZQUEZ VIALARD)
MANCUELLO, ADRIAN c/ TAXI RIN S.A. Y OTRO s/ DESPIDO
SENTENCIA, 76392 del 23 DE JUNIO DE 2000

Post Author: Abogado