SUMARIO
Toda vez que la empresa AT&T Argentina S.A. contrató a la codemandada Northel SRL para la comercialización de uno de sus productos, consistente en presuscripciones de líneas telefónicas de larga distancia, puede inferirse que cedió parcialmente una de las facetas de la actividad específica y propia de su establecimiento, circunstancia que habilita la aplicación del dispositivo del art. 30 LCT, pues en el caso ha sido sustituida por la empresa contratista que fuera la empleadora directa de la accionante.
REFERENCIAS
Referencias Normativas: LEY 20.744 – TEXTO ORDENADO POR DECRETO 390/76 Art. 30
DATOS DEL FALLO
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, CAPITAL FEDERAL
Sala 09 (Balestrini.Pasini.)
Carrion Millan, Shirley c/ Northel S.A. y otros s/ despido.
SENTENCIA, 9808/02 del 16 DE MARZO DE 2004