SUMARIO
“Este deber de cuidado surge… de la ‘lex artis’ del profesional y de las disposiciones reglamentarias que regulan su actividad en tal Unidad. En el caso, el comportamiento esperable se da en un ámbito normalizado, regulado con algún detalle mediante preceptos extrapenales que ordenan la actuación del médico, a lo que se suman directrices técnicas idóneas para la práctica correcta de la conducta que ahora se enjuicia”
DATOS DEL FALLO
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, VIEDMA, RIO NEGRO
Sala PENAL (SODERO NIEVAS-LUTZ-BALLADINI)
S. E., A. J. s/ Queja en: ‘C. O., G. V. y Otro s/ Lesiones gravísimas culposas
SENTENCIA, 0000000180 del 13 DE DICIEMBRE DE 2005